Ayudas al autoconsumo en 2024

Actualmente, ya han finalizado las ayudas directas (subvenciones europeas) Next Generation para la implantación de sistemas fotovoltaicos para autoconsumo solar, estas ayudas finalizaron el 31 de Diciembre de 2023.

Aunque todavía siguen vigentes varias desgravaciones fiscales, las cuales se explican a continuación.

 

a) DESGRAVACIONES ESTATALES

  • Desgravación del 60% en el tramo estatal: Deducción por obras de rehabilitación energética en viviendas, plazas de garaje y trasteros de tu propiedad que se encuentren en edificio de uso residencial. Con un máximo de 15.000€  (Hasta el 31/12/2025)

ENLACE AYUDAS 60%

  • Desgravación del 40% en el tramo estatal: Deducción por obras para la mejora en el consumo de energía primaria no renovable en vivienda habitual o en cualquier otra de tu titularidad arrendada para vivienda de alquiler (mínimo 3 años de empadronamiento en la vivienda). Con un máximo de 7.500€  (Hasta el 31/12/2024)

ENLACE AYUDAS 40%

Para ambas desgravaciones es necesario aportar y acreditar lo siguiente:

  • Certificado de eficiencia energética de la vivienda previo a la instalación fotovoltaica.
  • Certificado de instalación eléctrica presentado ante industria (CIE).
  • Certificado de eficiencia energética de la vivienda posterior a la instalación fotovoltaica.

En el certificado de eficiencia energética se tiene que reflejar que se reduce al menos un 30% el consumo de energía de origen no renovable o mejorar la calificación energética para obtener una «A» o «B».

b) DESGRAVACIONES AUTONOMICAS

  • Desgravación del 40% en el tramo autonómico: Por inversiones en instalaciones de autoconsumo de energía eléctrica en las viviendas de la Comunitat Valenciana, así como por la cuota de participación en inversiones en instalaciones colectivas en vivienda habitual (mínimo 3 años de empadronamiento en la vivienda). Con un máximo de 8.800€.

ENLACE AYUDAS 40% COMUNITAT VALENCIANA

Para esta desgravación no es necesaria la aportación de certificado de eficiencia energética.

En caso de que no sea vivienda habitual (empadronado al menos 3 años), la desgravación aplicable en el tramo autonómico será del 20%.

Puedes contactar con nosotros en el siguiente enlace y te informaremos al respecto.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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