Deducciones fiscales del 40%

Deducciones fiscales del 40%

Las instalaciones de autoconsumo en la vivienda, además de ayudar a rebajar las facturas de energía eléctrica del hogar, pueden además aliviar las cargas fiscales en la declaración de la renta en la Comunitat Valenciana.

Los contribuyentes que realicen o hayan realizado una instalación de autoconsumo en su vivienda habitual o en instalaciones colectivas del edificio, podrán deducirse un 40% del importe de la inversión en el tramo autonómico del IRPF, siempre que esta no esté relacionada con el ejercicio de una actividad económica.

Así, de una instalación con 5.000 euros de coste, la rebaja fiscal sería de 1.000€. Cabe tener en cuenta que la base máxima anual de esta deducción se establece en 8.000 euros.

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¿Quién puede beneficiarse de las deducciones fiscales del 40%?

Cualquier contribuyente que haya llevado a cabo en su vivienda habitual una instalación de autoconsumo o de aprovechamiento de energías renovables y que cumpla con los requisitos establecidos.

 

¿QUÉ INVERSIONES SON DEDUCIBLES?

  • Las instalaciones de autoconsumo eléctrico, según lo establecido en el artículo 9.1 a) de la Ley 24/2013, de 16 de diciembre, del Sector Eléctrico. Estas instalaciones, estén equipadas o no con sistemas de acumulación o almacenamiento energético, se corresponden con las realizadas bajo la modalidad Tipo 1, de acuerdo con la clasificación establecida en el artículo 4 del Real Decreto 900/2015, de 9 de octubre, por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas de las modalidades de suministro de energía eléctrica con autoconsumo y de producción con autoconsumo.
  • Las instalaciones de producción de energía térmica, equipadas o no con sistemas de acumulación energética, para aplicaciones de producción de agua caliente sanitaria, calefacción y/o climatización. Se consideran igualmente incluidas las instalaciones destinadas a climatización de piscinas.
  • Las instalaciones de producción de energía eléctrica, equipadas o no con sistemas de acumulación o almacenamiento energético, destinadas a la electrificación de viviendas aisladas de la red eléctrica de distribución, y cuya conexión a la misma sea inviable desde el punto de vista técnico, medioambiental y/o económico.

 

¿Qué debo hacer para tramitar las deducciones fiscales del 40%?

  1. Informarte de todos los requisitos en la página web del IVACE.
  2. Solicitar al IVACE la certificación acreditativa para la aplicación de la deducción autonómica en el IRPF por inversiones en instalaciones de autoconsumo o de aprovechamiento de energías renovables realizadas en la vivienda habitual.

La certificación acreditativa podrá solicitarse en cualquier momento del año, sin esperar a que se inicie la campaña de presentación de la declaración del IRPF del ejercicio correspondiente.

 

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